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Sepla convoca una huelga de Tripulantes Técnicos (Pilotos) de Airnostrum durante la Navidad

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La Sección Sindical de Sepla en Air Nostrum convoca una huelga para el colectivo de Tripulantes Técnicos de Vuelo (Pilotos) de la Compañía Air Nostrum, en todas sus bases y centros de trabajo, aduciendo los motivos y objetivos y fijando periodos que más adelante se señalan, así como las circunstancias que fundamentan la presente convocatoria de huelga. La huelga se desarrollará desde las 00.00 a las 24.00 horas peninsulares de los días 22, 23, 26, 27, 29 y 30 de diciembre de 2022 y desde las 00.00 a las 24.00 horas peninsulares de los días 2 y 3 de enero de 2023.

Los convocantes poseen la necesaria y suficiente legitimación, pues Sepla aglutina a más del 70% de los Pilotos afectados por el conflicto, teniendo constituida Sección Sindical plenamente reconocida en la Compañía aérea, así como posición mayoritaria tanto en el Comité de Pilotos, como en la Comisión Negociadora del VI Convenio, y presencia en los órganos de representación unitaria.

La convocatoria de la huelga viene motivada por circunstancias que se relacionan y que justifican incontestablemente la medida de conflicto.

Motivos:
  1. El bloqueo provocado por la Compañía en la negociación del nuevo convenio colectivo, al mantener una postura inamovible sobre aspectos fundamentales de condiciones de trabajo y reivindicación salarial de la parte social.
  2. El V Convenio Colectivo fue denunciado por la Compañía en septiembre de 2021 pero en ningún momento ha existido voluntad negociadora por parte de la misma, sino de incumplimiento de lo pactado, como lo acredita el hecho de que prácticamente todas las reuniones inicialmente programadas como de negociación del nuevo convenio de enero a mayo de 2022, Air Nostrum las utilizara para encajar las reuniones de interpretación y aplicación de convenio que la Sección Sindical de Sepla se vio obligada a instar, sin convocar la Compañía nuevas reuniones al efecto, ni presentar plataforma alguna de convenio.
  3. Ante la inexistente negociación de convenio y siendo numerosos los aspectos fundamentales del mismo a tratar, el 6 de julio de 2022 la parte social requirió a la Compañía la necesidad de abordar la negociación del VI destacando una serie de puntos y solicitando un calendario mínimo de reuniones que Air Nostrum se negó a convocar hasta el 27 de septiembre de 2022.
  4. A la vuelta de un verano intensísimo de actividad aérea en donde se habían materializado todos los problemas que la parte social venía anunciado que se tenían que resolver en el VI Convenio, la parte social volvió a requerir a la Compañía un calendario urgente de reuniones a fin de que el convenio pudiera quedar cerrado antes del 30 de noviembre de 2022.
  5. Air Nostrum pese a acceder a establecer dicho calendario el 28 de septiembre de 2022, fijando ocho reuniones en octubre y once reuniones en noviembre, ha mantenido una postura de contestar con evasivas con un pretendido apoyo, tanto, en una situación catastrofista de la empresa; como en unos supuestos presupuestos de los que primero dijo informaría a principios de octubre, pero de los que a día de hoy no ha dado información, pese a cancelar dos reuniones con el pretexto de poder darla, manteniendo una actitud inmovilista sobre los temas fundamentales y que más afectan a las condiciones de trabajo de los pilotos, encontrándonos en la siguiente situación:
  • Con fecha 30 de noviembre de 2022 la Compañía presenta una propuesta de revisión salarial que empeora la ofrecida el 21 de noviembre de 2022, ya que pretende que todo lo que aún sigue manifestando como pendiente de valoración, se reste del porcentaje del 3% inicialmente ofrecido, y que lo que ofrece como no consolidado sustituya la paga de beneficios prevista ya en convenio.
  • Sostiene que no se moverá del 3% de revisión salarial ofrecido respectivamente para los años 2023 a 2025, manteniendo su negativa a compensar siquiera el incremento del coste de la vida sufrido por los trabajadores en 2022.
  • Temas tan importantes como los alojamientos y las comidas para las condiciones de desarrollo del trabajo de los pilotos, que suponen dar cumplimiento al convenio, la Compañía pretende que vayan a cuenta de dicho 3% de revisión salarial.
  • Además, se niega a tratar temas que afectan gravemente al régimen de trabajo de los pilotos como jornada máxima, cambios en ejecución y cambios en programación, cuando la posibilidad de tales cambios es uno de los motivos que permite a la empresa no generar progresiones. Asimismo, se niega a establecer nuevos niveles de segundos pilotos que palien las graves diferencias retributivas entre los comandantes de nivel 6 y los segundos pilotos de nivel 1, pese a no generar las necesarias progresiones de especialidad.
  1. La parte social ha presentado hasta tres propuestas de revisión salarial, explicando la necesidad del incremento salarial, pero la Compañía no sólo se ha mantenido inamovible para los años 2022 y 2023, con un 0% y un 3%, respectivamente, sino que pretende restar de dicho 3% cualquier avance o mejora, con lo que resulta clara la postura inmovilista de la parte empresarial, sin posibilidad de negociación alguna por la parte social. Los salarios de los pilotos de Air Nostrum están gravemente devaluados respecto a las empresas del sector, afectándoles aún más la inflación existente, principalmente en segundos pilotos, para los que se pide una revisión mayor, pero también en comandantes.
  2. La posición de bloqueo y de falta de voluntad negociadora por parte de la Compañía, de los aspectos más acuciantes para el colectivo de pilotos, se hace del todo evidente cuando la misma utiliza como excusa para no proponer mayor revisión salarial, un presupuesto pendiente de aprobación por la SEPI, del que no ha informado y para cuya elaboración debería conocer previamente la subida salarial negociada con sus trabajadores pilotos.
    A la vista del nulo interés por la Compañía de atender las reivindicaciones salariales y de condiciones de trabajo de los pilotos, estamos en condiciones de concretar los OBJETIVOS que persigue nuestra acción de conflicto y que se condensan en los cuatro puntos siguientes, con el fin de poder avanzar en la negociación y firma del VI Convenio:
    • Revisión salarial para los años de vigencia de convenio, 2022 a 2024, consistente en una actualización al IPC real para 2022 y el previsto para el 2023 y 2024.
    • Añadir dos niveles superiores de segundos pilotos a los que practicar la pertinente actualización salarial conforme al VI Convenio, estableciendo en dos, los años para el cambio de niveles en todos los niveles de segundos pilotos.
    • c.- Recoger que todos los alojamientos han de ser en núcleo urbano; y las comidas y cenas no podrán ser restringida por la compañía más allá de establecer un coste fijo para las realizadas en España, de 28 €; en Francia, Italia, Portugal, Alemania, Croacia, Malta y Marruecos, de 42 euros; y el resto de países, de 60 euros, con revisión anual conforme a IPC en cualquier caso. Además, los vuelos chárter han de generar en todo caso derecho a comida y cena.
    • d.- Limitar los cambios tanto en programación como en ejecución de modo que no supongan demasiada merma económica para los pilotos:
      • Si el cambio en programación supone que el piloto no opera ninguno o parte de los vuelos que tenía programados, y son realizados por otro piloto de la compañía u otro operador, el piloto cobrará el 50% de las horas programadas y no realizadas, junto, en su caso, las efectivamente voladas.
      • Si el cambio se produce en ejecución, el piloto cobrará como mínimo las horas baremo programadas, y caso de ser más las ejecutadas, éstas últimas.

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