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La Sección Sindical de Sepla en Babcock alerta de los riesgos que implicaría la división en lotes del contrato de Salvamento Marítimo

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La Sección Sindical de Sepla en Babcock alerta sobre los riesgos para la seguridad, la eficacia y la operatividad que implicaría la posible división en lotes del contrato para el servicio aéreo de Salvamento Marítimo. El proceso de adjudicación, que debería comenzar de manera inminente, se ha realizado de manera íntegra durante los últimos 30 años, bajo la premisa “All Weather SAR”, necesaria e imprescindible para la viabilidad y continuidad de la seguridad operacional. Por este motivo, Sepla y la Asociación Sindical Española de Rescatadores de Salvamento Marítimo (ASERSM) han enviado una carta al director de la Sociedad de Salvamento y Seguridad Marítima (SASEMAR), José Luis García Lena, para que explique la manera en que se va a proceder.

SASEMAR debería publicar el proceso de licitación de contrato para el servicio aéreo de Salvamento Marítimo de manera inminente y la adjudicación definitiva podría culminar en el año 2024. Hasta la fecha, el servicio se ha convocado de forma única para sus 14 bases, 11 de ellas de helicópteros y otras 3 de aviones. Las aeronaves son propiedad del Estado, al igual que la mayoría de los helicópteros, mientras la empresa adjudicataria se encarga de realizar labores de operación y mantenimiento, además de proporcionar helicópteros de reserva. Según el Informe Anual elaborado por Salvamento Marítimo, el servicio tiene una efectividad del 99%, una operatividad del 95% en helicópteros y una valoración de 9,8 puntos por los usuarios.

Comparativa con países del entorno

En la mayor parte de países de nuestro entorno, los contratos del servicio aéreo de Salvamento Marítimo se adjudican a un único operador, que puede ser el propio Ejército o bien una empresa privada. Este último caso es el del Reino Unido, donde se realiza un procedimiento técnico muy riguroso, o el de Holanda. En la práctica, supone la única manera de realizar un concurso potente, al que se presenten empresas con experiencia y prestigio reconocido. La división en lotes podría suponer la entrada en la licitación de empresas que nunca han realizado Salvamento Marítimo H24 sin limitaciones.

En España, el artículo 99.3.b de la Ley de Contratos del Sector Público establece algunos motivos válidos para no dividir en lotes un contrato, entre ellos la correcta ejecución desde el punto de vista técnico y la necesidad de coordinar la ejecución de las diferentes prestaciones. Por todos estos motivos, y en aras de la seguridad, la eficacia y la operatividad, la Sección Sindical de Sepla en Babcock y ASERSM consideran que la mejor opción para el servicio aéreo de Salvamento Marítimo es la convocatoria de un concurso público en un único lote, tal y como se ha realizado durante los últimos 30 años.

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